ECONOMIA SOCIAL Y SOLIDARIA EN LA INSTITUCIONALIDAD EUROPEA


PROGRAMA DE FORMACION SOBRE
ESS, ECONOMIA SOCIAL SOLIDARIA, 2017
I.4 ESS EN LA INSTITUCIONALIDAD EUROPEA
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Juan Manuel Martínez Chas
Desde los años noventa, en Europa existen pronunciamientos sobre ESS con origen en la Comisión Europea, el Parlamento Europeo y la CESE, Comisión Económica y Social Europea.
Desde el Parlamento:
1994, Resolución sobre la economía alternativa y solidaria,
1998, Resolución sobre el papel de las cooperativas en el crecimiento del empleo de las mujeres
2006, Resolución sobre un modelo social europeo para el futuro
2008, Resolución sobre la función del voluntariado como contribución a la cohesión económica y social
Desde la Comisión:
1997, Comunicación sobre el fomento del papel de las asociaciones y fundaciones en Europa y resolución sobre el mismo tema de 1998 desde el Parlamento Europeo.
2000, Comunicación sobre la actuación local en favor del empleo - Una dimensión local para la Estrategia Europea de Empleo
2001, Comunicación sobre el fortalecimiento de la dimensión local de la estrategia europea de empleo (COM(2001)0629), así como la correspondiente Resolución del Parlamento Europeo de 2002
2003, Estatuto de la sociedad cooperativa europea (SCE)
La pluralidad de las formas empresariales queda reconocida en el Tratado CE y con la adopción del Estatuto de la Sociedad Cooperativa Europea;
2004, Comunicación sobre el fomento de las cooperativas
2008, Comunicación sobre una Agenda Social Renovada: oportunidades, acceso y solidaridad en la Europa del siglo XXI
También debe contabilizarse los dictámenes de la CESE sobre la economía social, en particular los dictámenes sobre la economía social y el mercado único, sobre la diversificación económica en los países adherentes ‐ Función de las PYME y de las empresas de la economía social , así como sobre la capacidad de adaptación de las PYME y de las empresas de la economía social a los cambios impuestos por el dinamismo económico
El Dictamen del Parlamento Europeo de 2009
El instrumento más reciente y con un mayor contenido es el Dictamen del Parlamento Europeo, 2009
El dictamen reconoce que la ESS representa el 10 % del conjunto de las empresas europeas, es decir, 2 millones de empresas que
suponen un 6 % del empleo total, desarrolla un razonamiento general, para luego desarrollar un razonamiento general a favor de su promoción, en los siguientes términos:
- la economía social se basa en un paradigma social acorde con los principios fundamentales del modelo social y de bienestar europeo, y desempeña un papel clave en la preservación y el fortalecimiento de dicho modelo, al regular la producción y la oferta de numerosos servicios sociales de interés general.
-en consecuencia, se deben valorizar los modelos de economía social para alcanzar los objetivos de crecimiento económico, empleo, formación y servicios a la persona que impregnan el conjunto de las políticas de la Unión,
-la riqueza y el equilibrio de una sociedad se deben a su diversidad y la economía social contribuye activamente a ella al mejorar y reforzar el modelo social europeo y al aportar un modelo de empresa propia gracias al cual la economía social contribuye a un crecimiento estable y duradero,
-las empresas de la economía social contribuyen a un modelo económico sostenible en el que las personas son más importantes que el capital
-es necesario reconocer el estatuto de algunos de los tipos de organización que forman parte de la economía social a escala de la Unión Europea,
-la economía social pone en evidencia un modelo de empresa que no se caracteriza por el respeto de valores comunes como la primacía de la democracia, de la participación de los actores sociales y de la persona y del objeto social sobre el beneficio individual; la defensa y la aplicación de los principios de solidaridad y de responsabilidad; la conjunción de los intereses de los miembros usuarios con el interés general; el control democrático ejercido por los miembros; la adhesión voluntaria y abierta; la autonomía de gestión y la independencia respecto de los poderes públicos, y la asignación de lo esencial de los excedentes al servicio de la consecución de objetivos como el
desarrollo sostenible, el interés de los servicios a los miembros y el interés general,
-a pesar de su creciente importancia, la economía social y las organizaciones que participan en ella siguen siendo un sector poco conocido y es, a menudo, objeto de críticas derivadas de enfoques técnicos equivocados; considerando que la invisibilidad institucional es uno de los obstáculos más importantes a que se enfrenta la economía social en la Unión Europea y en algunos de sus Estados miembros, algo que se debe, en parte, a las características de los sistemas nacionales de contabilidad,
-la economía social, mediante la conjunción de rentabilidad y solidaridad, desempeña un papel esencial en la economía europea al permitir la creación de empleos de calidad, el refuerzo de la cohesión social, económica y territorial, la generación de capital social, el fomento de la ciudadanía activa y la solidaridad, junto con un tipo de economía con valores democráticos que sitúa a la persona en lugar preferente, además de apoyar el fomento del desarrollo sostenible y de la innovación social, medioambiental y tecnológica;
-la economía social es importante, tanto simbólicamente como en términos de rendimiento, con el objetivo de fortalecer la democracia industrial y económica;
-la economía social solo podrá prosperar y aportar todo su potencial si se reúnen las condiciones y requisitos previos de carácter político, legislativo y operativo adecuados, teniendo en cuenta la riqueza de la diversidad de las instituciones de la economía social y sus características específicas;
-las empresas de la economía social no deben estar sujetas a la misma aplicación de las normas sobre competencia que otras empresas, y que requieren un marco jurídico seguro, basado en el reconocimiento de sus valores específicos, para que puedan operar en igualdad de condiciones con esas otras empresas;
-un sistema económico en el que las empresas de la economía social tuvieran un papel más importante reduciría el riesgo de especulación en los mercados financieros, en los que ciertas empresas privadas no
están sometidas a la supervisión de los accionistas ni de los órganos de regulación;
-debe defenderse el concepto de ESS como un enfoque diferente de la empresa, cuyo motor principal no es la rentabilidad financiera sino los beneficios para toda la sociedad, de modo que las particularidades de la economía social se tomen debidamente en cuenta en la elaboración de los marcos jurídicos
-la Unión Europea y los Estados miembros deberían incluir la economía social y sus interlocutores (cooperativas, mutualidades, asociaciones y fundaciones) en su legislación y políticas; incluyendo un fácil acceso a créditos y a beneficios fiscales, el desarrollo de microcréditos, el establecimiento de un estatuto europeo para las asociaciones, fundaciones y mutualidades, así como financiación comunitaria a la medida e incentivos con vistas a respaldar mejor a las organizaciones de este tipo, creadas con un fin social, que operan en sectores dentro y fuera del mercado;
-es necesario que se reconozcan unos estatutos europeos para asociaciones, mutualidades y fundaciones, con el fin de garantizar que las empresas de economía social se beneficien de un trato igualitario con respecto a la normativa de mercado interior;
-se necesitan normas claras para determinar qué entidades pueden funcionar legalmente como empresas de la economía social, y que establezca barreras jurídicas eficaces para el acceso, de forma que solamente las organizaciones de economía social puedan aprovechar la financiación destinada a empresas de la economía social o las políticas públicas que tienen el objetivo de promover las empresas de la economía social;
-se deben crear registros estadísticos nacionales de las empresas de la economía social, que establezcan cuentas satélite nacionales por sector institucional y por sector de actividad y que permitan el cotejo de estos datos en Eurostat, utilizando también las competencias de que se dispone en las universidades;
-los componentes de la economía social deberían reconocerse en el diálogo social sectorial e intersectorial
-las empresas y las organizaciones de la economía social contribuyen a reforzar el espíritu empresarial, facilitan un mejor funcionamiento democrático del mundo de la empresa, incorporan una responsabilidad social y promueven la integración social activa de los grupos vulnerables;
-los empleadores en la economía social son importantes agentes de la reinserción, y acoge con satisfacción sus esfuerzos por crear y mantener empleos de alta calidad, buenos y estables, y de invertir en los trabajadores; pide a la Comisión y a los Estados miembros que apoyen y fortalezcan la economía social en su papel de buen empleador y respeten su estatuto especial;
-la economía social contribuye a rectificar tres desequilibrios fundamentales del mercado de trabajo: el desempleo, la inestabilidad en el trabajo y la exclusión de los desempleados tanto en el plano social como en el mercado laboral; señala asimismo que la economía social tiene una función en la mejora de la empleabilidad y que crea empleos que normalmente no se deslocalizan, lo que contribuye a la consecución de los objetivos de la Estrategia de Lisboa;
-el apoyo de los Estados miembros a las empresas de la economía social debe interpretarse como una auténtica inversión en la creación de redes de solidaridad que puedan fortalecer el papel de las comunidades y autoridades locales en el desarrollo de las políticas sociales;
- los problemas sociales exigen reflexión, pero que en las circunstancias actuales se precisa sobre todo de la acción; considera que la mayoría de los problemas sociales han de abordarse a través de soluciones locales, con el fin de hacer frente a situaciones y problemas concretos; considera que esta acción, para ser eficaz, requiere normas estrictas en términos de coordinación, lo que implica un elevado grado de cooperación entre las autoridades públicas y las empresas de la economía social;
-las empresas de la economía social permiten crear vínculos entre los ciudadanos y sus órganos de representación regionales, nacionales y europeos y, por lo tanto, pueden contribuir a una gobernanza eficaz de la Unión y a la cohesión social; aprecia en gran medida los esfuerzos
de las empresas y de las organizaciones de la economía social por reagruparse en plataformas de coordinación a escala de la Unión Europea;
-la economía social hace frente a los numerosos desequilibrios en el mercado de trabajo, en particular mediante el apoyo al empleo femenino, establece y proporciona servicios asistenciales y de proximidad (como servicios sociales, sanitarios y de previsión social), además de crear y mantener el tejido social y económico, contribuyendo así al desarrollo local y a la cohesión social;
-la Unión Europea debe tomar medidas para establecer un marco para el programa de economía social, para consolidar la competitividad local y de la Unión Europea y la capacidad de innovación, teniendo en cuenta el potencial de la economía social para generar estabilidad en un contexto de economías eminentemente cíclicas mediante la redistribución y la reinversión de los beneficios a escala local donde corresponda, la promoción de una cultura empresarial, la vinculación de las actividades económicas con las necesidades locales, el mantenimiento de las actividades de riesgo (por ejemplo, la artesanía) y la generación de capital social;
-se observan posibles sinergias entre la ESS y los propios usuarios, mediante la ampliación del ámbito de participación, de consulta y de responsabilidad compartida;
-se necesita revisar la política de ayudas estatales puesto que las pequeñas empresas y las organizaciones que operan a escala local tienen grandes dificultades para acceder a la financiación
-no deben obstaculizarse las normativas nacionales en materia de sociedades o en materia fiscal, como las destinadas a las cooperativas en los sectores bancario y de la gran distribución, que operan sobre la base de los principios de la mutualidad, de la democracia societaria, de la transmisión del patrimonio entre generaciones, de la indivisibilidad de las reservas, de la solidaridad, de la ética del trabajo y de la empresa
-las empresas de la economía social se enfrentan a más dificultades que las grandes empresas, para hacer frente, por ejemplo, a las
cargas reglamentarias, para obtener financiación y para tener acceso a nuevas tecnologías y a información
-la economía social tiene importancia en el ámbito de los servicios de interés general y en el valor añadido de la creación de redes integradas público-privadas, así como al riesgo de instrumentalización, por ejemplo en forma de externalizaciones basadas en la reducción de los costes de las administraciones públicas, haciendo uso también de las contribuciones en forma de trabajo voluntario;
-debe asegurarse que las características de la economía social (sus objetivos, valores y métodos de trabajo) se tienen en cuenta en la elaboración de las políticas comunitarias y, en particular, que integre la economía social en sus otras políticas y estrategias en materia de desarrollo social, económico y empresarial
-se necesita reforzar las estructuras de representación de la economía social a escala regional, nacional y comunitaria y que cree un marco jurídico que contribuya a promover la asociación activa entre las autoridades locales y las empresas de la economía social, y el diálogo entre los organismos públicos y los representantes de la economía social a nivel nacional y comunitario, con el fin de fomentar la comprensión mutua y promover las buenas prácticas;
-debería integrarse la dimensión "economía social" en la elaboración de las políticas comunitarias y nacionales, y en los programas comunitarios destinados a las empresas en el ámbito de la investigación, la innovación, la financiación, el desarrollo regional y la cooperación al desarrollo, y que apoyen la organización de programas de formación sobre economía social para los administradores comunitarios, nacionales y locales, así como que aseguren el acceso de las empresas de la economía social a los programas y acciones para el desarrollo y las relaciones exteriores;
- en la enseñanza superior y universitaria, así como en la formación profesional, deben preverse programas de formación destinados a transmitir el conocimiento de la economía social y las iniciativas empresariales inspiradas en sus valores;
-apoyo al desarrollo de capacidades y de la profesionalidad en el sector, con el fin de reforzar el papel de la economía social en la integración en el mercado de trabajo;
-elaboración de un marco jurídico comunitario que permita el establecimiento de asociaciones territoriales entre el sector de la economía social y las autoridades locales, definiendo criterios para el reconocimiento y la valorización de la economía social, el fomento del desarrollo local sostenible y la promoción del interés general;
- facilitar las inversiones en la economía social, en particular a través de fondos de inversión, préstamos garantizados y subvenciones

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